Los contribuyentes deberán mantener una rigurosa documentación de su contabilidad para justificar sus operaciones bancarias. De esta manera acatarán las nuevas reglas que fijaría la “Ley para el cumplimiento del estándar de la transparencia fiscal”, que actualmente se discute en la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa.
El proyecto de ley lo presentó el Gobierno anterior como respuesta a las presiones internacionales tras la inclusión de Costa Rica en la lista de paraísos fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). La iniciativa pretende facilitar el acceso a la información y cuentas bancarias de los contribuyentes, de modo que el país pueda cumplir con los parámetros internacionales de transparencia tributaria.
El proyecto propone reformas al Código de Normas y Procedimientos Tributarios que permitirían el intercambio de información tributaria con otros países. Además eliminaría el requisito de que exista un proceso de fiscalización en curso para que el juez pueda ordenar la apertura de cuentas. También amplía a 5 años el tiempo en que deben conservarse los duplicados de los libros, documentos y comprobantes que permitan verificar la información financiera. La obligación actual es conservar estos documentos durante 3 años.
Mayor control
Estos cambios le exigirán al contribuyente una mayor fiscalización de sus actividades contables y de sus operaciones bancarias, según lo explicó el experto en derecho tributario del bufete Facio & Cañas, Adrián Torrealba. “La documentación inexistente o inadecuada puede ocasionarle problemas al contribuyente a la hora de establecer sus obligaciones tributarias y comprobar la veracidad de la información que aporta. Este riesgo ya existe con la legislación actual y se incrementa con el nuevo proyecto de ley”.
El abogado señaló que el paso básico es ajustar la contabilidad a las normas financieras internacionales. Torrealba también recomienda a los contribuyentes mantener una estricta documentación de todos sus movimientos bancarios.
El experto en derecho tributario explicó que muchas actividades no se documentan por la cotidianeidad de las situaciones y que, sin embargo, existe la posibilidad de que generen malentendidos que el contribuyente deberá aclarar mediante pruebas concretas, pues de lo contrario puede presumirse que los depósitos no justificados constituyen renta gravable.
“Por ejemplo, yo pude haberle prestado dinero a un amigo y cuando esta persona me lo devolvió, reingresó a mi cuenta bancaria. La Administración puede suponer que el depósito es un ingreso de mi actividad profesional, por eso debo contar con documentación para probar que no es así”.